Valoran publicación del Decreto de “Envases y Embalajes” que fija ambiciosas metas de reciclaje
La normativa permitirá al país pasar del actual 12,5% de reciclaje de envases y embalajes domiciliarios a un 60% de estos elementos en el mediano plazo, equivalente a los países desarrollados.
Como un hito muy importante en materia de reciclaje, calificó el titular regional de medio ambiente, la publicación del decreto supremo que establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas de envases y embalajes. A su vez la autoridad explicó que “el 2016 se publicó la ley de Responsabilidad Extendida al Productor, que obliga a los productores a hacerse cargo de los residuos que generan; y al igual que con el primer decreto de esta ley, el de los neumáticos, buscamos que esta normativa se aplique de manera gradual, comenzando el 2023. Lo importante es que esto deja de ser una idea y pasa a ser una ley”, aseguró Del Campo.
Este decreto obliga a las empresas que ponen en el mercado productos envasados a que, organizadas en un sistema de gestión, se hagan cargo de la recolección y reciclaje de ellos, estableciendo metas diferenciadas por material. A los dos años de entrado en vigencia, comenzarán a aplicarse multas en caso de incumplimientos, que pueden llegar a las 10.000 UTA, es decir, casi $ 6.200 millones de pesos.
Con la entrada en vigencia de esta regulación, se estima que para el periodo 2023-2034 se recolectarán 7,7 millones de toneladas de residuos de envases y embalajes, es decir, que podrán ser valorizados, evitando que sean depositados en un relleno sanitario o basural.
Por otro lado, el titular ambiental explicó que “las metas permitirán al país pasar del actual 12,5% de reciclaje de envases y embalajes domiciliarios a un 60% de estos elementos en el mediano plazo, en lo específico el decreto establece metas de recolección para el metal de un 55%, el papel y cartón del 70%, el cartón para líquidos del 60%, plásticos del 45% y vidrio de un 65%”.
Para alcanzar estas exigentes metas, el decreto establece un esquema definitivo de recolección domiciliaria de los residuos reciclables, es decir, puerta a puerta, por lo que, con el tiempo, ya no será necesario ir a un punto limpio a dejar estos elementos.
En el año 1 de aplicación de las metas (2023), se establece que el 10% de las viviendas del país tendrán el retiro en su hogar de productos reciclables, sin embargo, se irá avanzando gradualmente hasta alcanzar a una cobertura del 80% de los hogares de Chile para el año 12 (2034). Es decir, prácticamente la totalidad de las zonas urbanas del país tendrán recolección en su puerta de los envases reciclables.
Este decreto, además, exigirá que los municipios dicten ordenanzas que obliguen a entregar los residuos de envases reciclables separados del resto de sus residuos cuando ya cuenten con recolección puerta a puerta.
En el corto plazo, se establece la obligación de instalar puntos limpios o centros de acopio que garanticen el acceso a estas instalaciones en el 75% de las comunas de Chile. De esta manera, en cuatro años se instalarán 350 nuevos puntos limpios, los que serán operados por el sistema de gestión, con altos estándares de calidad.
Formalización de recicladores base
El sistema de gestión, que operará estas 350 nuevas instalaciones de recepción y almacenamiento, deberá incorporar a los recicladores de base en al menos el 50% de ellos.
Además, en sus planes, los sistemas de gestión deberán incluir un programa de capacitación para los recicladores con los que trabajen. También, se les obliga a que se les pague por realizar la recolección al precio de mercado.